La misma deberá ser entregada durante el mes de marzo en la Oficina Única de Atención al Público (OUAP), según se informó desde el Departamento Personal.

Se remite dos links que los conducirá a un INSTRUCTIVO y la planilla correspondiente en PDF, la cual se recomienda imprimir en doble faz

:: INSTRUCTIVO

:: PLANILLA  

Se informa que según lo establecido por Resolución Rectoral N° 353/2004, la no presentación en la fecha estipulada, significará la suspensión de haberes. 

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Res. Rectoral N° 353/2004 - Texto ordenado 2004 (Ordenanza HCS Nº 3/01)

ARTICULO 15º.- Todo agente de la Universidad estará obligado a hacer una declaración jurada anual de sus actividades remuneradas, suministrando exactamente el detalle de las tareas que desempeñe (con o sin relación de dependencia) y cuando corresponda, el empleador (y su domicilio), las obligaciones formales de horario, el tipo de actividad y demás datos de interés que le puedan ser requeridos. Se establece como fecha anual para la presentación de las declaraciones juradas el 31 de marzo de cada año o el día hábil siguiente al mismo.