Desde el Departamento Personal se remite información sobre paritaria de fecha 29/10/18 la cual establece criterios para el usufructo de la licencia anual por parte de los docentes con más de 15 años de antigüedad.

En la misma, con motivo de instrumentar un mecanismo que compatibilice el derecho de los docentes a gozar de la licencia anual ordinaria y la necesidad de establecer criterios comunes en la organización de los calendarios académicos; se acuerda que los docentes que cuenten de acuerdo al CCT, con 45 días de licencia anual ordinaria 2018 para gozar en el año 2019, la podrán usufructuar según 2 opciones, desde:

  • el día 02 de enero al 15 de febrero de 2019.

 

  • el día 02 de enero y hasta el 03 de febrero de 2019. haciendo uso de los 12 días restantes en un único segundo período, sin que el mismo afecte el normal desenvolvimiento de la actividad académica (art. 45). Tal beneficio podrá ser considerado hasta el mes de diciembre 2019. Este segundo período de licencia (12 días restantes) deberá ser solicitado a Dpto. Personal con al menos 45 días de anticipación.

 

Todos los docentes con 45 días de licencia anual ordinaria deberán informar HASTA EL 10 DE DICIEMBRE DE 2018 la opción a elegir, vía formulario presentado en la OUAP, indicando si particiona o no su licencia. (se adjunta formulario o solicitar el mismo en la OUAP). En el Formulario, en “período solicitado” establecer:

 

Periodo solicitado: Desde: 02/01/19 hasta: 15/02/19 o

Periodo solicitado: Desde: 02/01/19 hasta:03/02/19 (observaciones: 12 días restantes en otra instancia del año)

 

Cualquier consulta, dirigirse a Departamento Personal.

DESCARGAS

SOLICITUD DE LICENCIA O JUSTIFICACIÓN DE INASISTENCIA